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19 Febrero 2009
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La magistrada condena a Roberto C. M. por una falta contra los intereses generales, al haber maltratado a un pastor alemán de forma «directa y voluntaria»
La juez de Cangas de OnÃs Carmen Santos Roy ha condenado a un vecino del concejo, Roberto C. M., a pagar una multa de 480 euros, asà como las costas del juicio, por una falta contra los intereses generales, al haber maltratado a su perro de forma «directa y voluntaria». La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, establece, asimismo, que el autor de la falta debe pagar las costas del juicio.
La juez considera probado que Roberto C. M., el dÃa 26 de septiembre de 2008, ató a su perro a un todoterreno de su propiedad y lo arrastró por la carretera N-634, a la altura de la localidad de Margolles (Cangas de OnÃs). El perro, un pastor alemán, no pudo alcanzar la velocidad del vehÃculo y fue arrastrado varios centenares de metros, lo que le provocó diversas heridas, dejando un rastro de sangre en la carretera.
Los hechos fueron denunciados en su dÃa por la Asociación para la Defensa JurÃdica del Medio Ambiente, Ulex, y por integrantes de la asociación Helpthem, dedicada a la defensa de los animales, que fueron testigos directos del maltrato, e incluso tomaron fotografÃas del cangués arrastrando a su perro por la carretera de Toraño, ya fuera de la N-634.
La acusación particular fue ejercida en el juicio por Ulex, representada por la abogada Laura Varona, y consiguió desmontar durante la declaración los argumentos del acusado, que alegó que amarró al perro a su todoterreno porque se habÃa escapado, para evitar un accidente y porque llevaba el vehÃculo repleto de material.
La juez no consideró creÃble la versión del condenado, quien aseguró que las heridas que presentaba su perro eran consecuencia del ataque de varios congéneres, ocurrido unos dÃas antes de ser arrastrado por la N-634. Tampoco jugó en favor del acusado otro documento que presentó, un informe veterinario que señalaba que el perro padecÃa una enfermedad crónica que le causaba dificultad para desplazarse y le hacÃa arrastrar de forma intermitente las extremidades posteriores, aunque en su declaración negó conocer que el animal sufrÃa este mal. La juez fue tajante y consideró «aún más grave» haberlo atado al vehÃculo a la vista de este padecimiento.
Por todo ello, la juez condenó a Roberto C. M. a la pena máxima para este tipo de faltas: 60 dÃas de multa, a razón de una cuota diaria de 8 euros.
Ulex intentó en un primer momento que se le imputara al acusado un delito de maltrato animal. No fue posible, entre otros motivos, porque el perro desapareció sólo unos dÃas después de ser arrastrado por la N-634, según denunció su propietario.




